Por medio de este Decreto-ley, se regula una cuestión de carácter tributario, respecto de la cual es esto lo que se dice en su EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

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En el capítulo 2, se aprueba una medida tributaria en el ámbito del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. Como una medida más de apoyo al sector de la hostelería y de la restauración, en el artículo 4 se establece una bonificación de las concesiones administrativas o actos administrativos equiparables que otorguen el aprovechamiento privativo del dominio público para su uso como terraza, devengadas entre el 1 de enero del 2020 y el 31 de diciembre de 2021. La misma bonificación resulta aplicable en las concesiones administrativas o actos administrativos equiparables sujetos al impuesto que autoricen la venta de mercancías y prestación de servicios mediante estructuras o puestos desmontables o vehículos tienda en el territorio de Cataluña, sector afectado también por la crisis derivada de la pandemia.

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