Primera cuestión:
“Determinar si el artículo 27.2 de la LJCA (RCL 1998, 1741) atribuye la posibilidad de que el Tribunal Superior de Justicia, en segunda instancia, se pronuncie directamente sobre la legalidad de la disposición general impugnada indirectamente ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo cuando éste no ha planteado la cuestión de ilegalidad por estimar que la misma era ajustada a derecho.”
Segunda cuestión:
“Precisar si, el importe de las tasas por la prestación de un servicio de expedición de una licencia de apertura de establecimiento puede exceder, en su conjunto, del valor fijado en el informe técnico-económico incluido en el expediente de aprobación de la tasa como valor real de mercado de la prestación recibida.”