Por medio de esta Norma Foral, se regulan algunas cuestiones en materia tributaria. Es esto lo que se dice al respecto en la EXPOSICIÓN DE MOTIVOS de la Norma Foral:
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El contenido de la Norma Foral Presupuestaria se completa con catorce disposiciones adicionales, una transitoria, una disposición derogatoria y dos disposiciones finales, en las que se recogen preceptos de índole muy variada:
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La Tercera actualiza las tasas de la Hacienda Foral de Álava.
La Cuarta y Quinta mantienen los importes vigentes en 2020 en las tasas del Departamento de Hacienda, Finanzas y Presupuestos y del Departamento de Fomento del Empleo, Comercio, y Administración Foral de la Diputación Foral de Álava.
La Sexta, referida a las tasas de gestión del Departamento de Agricultura, mantiene la bonificación del 50 por ciento y del 75 por ciento del importe de la tasa por realización de ensayos y análisis de los laboratorios agrario y pecuario de la Diputación Foral de Álava regulada en el apartado quinto de la Disposición Adicional Cuarta de la Norma Foral 17/2011, de 20 de noviembre.
La Séptima, crea y regula la tasa por la expedición de certificados, documentos o informes relativos a la accidentalidad y señalización de las carreteras que integran la red foral de carreteras del Territorio Histórico de Álava.
La Octava y la Novena, mantienen los importes vigentes en 2020 en las tasas de Selección de Personal del Instituto Foral de Bienestar Social y del Instituto Foral de Juventud, respectivamente.
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