Se reseña aquí esta Norma Foral por si contuviera alguna  norma de naturaleza tributaria o conexa. Es esto lo que se dice en el PREÁMBULO de la Norma Foral respecto de la materia que la disposición regula:

“PREÁMBULO

El mundo paró en 2020 con la llegada de la pandemia de la COVID-19, y su impacto se dejó sentir también en 2021. Todos los aspectos de la vida se vieron afectados por el cambio provocado por la enfermedad.

No obstante, los avances científicos y la llegada de la vacuna, inoculada ya de forma masiva entre la población guipuzcoana, parecen haber empezado a conseguir frenar la expansión de la pandemia y, por ende, Gipuzkoa y su ciudadanía han comenzado lentamente a recuperar hábitos previos a la aparición de la enfermedad.

Si en 2021 la Diputación Foral de Gipuzkoa trabajó con el objetivo de defender a los colectivos más golpeados por la pandemia, la institución mira a 2022 con optimismo, esperando que sea el año de la recuperación. Los meses más oscuros de la COVID-19 parecen ya superados, y es el momento de pisar el acelerador de la recuperación.

La Diputación Foral de Gipuzkoa tiene fijado como reto estratégico para la presente legislatura la lucha contra las desigualdades, sean estas económicas, sociales, lingüísticas o de cualquier otro tipo. En concreto, Gipuzkoa aspira a situarse entre los territorios europeos con menores tasas de desigualdad. Esto cobra especial relevancia en este periodo de salida de crisis cuando: si las personas y empresas avanzan a velocidades distintas, el territorio corre riesgo de retroceder en este sentido.

Por tanto, el reto principal a corto plazo es el de hacer extensiva esa recuperación a todas las personas y sectores, evitando dejar a nadie atrás. Así, la Diputación Foral de Gipuzkoa trabajará para llevar la recuperación económica a todos y cada uno de los sectores económicos, y sitúa entre sus prioridades el incluir en la ola de la recuperación a aquellas personas que más han sufrido por la crisis.

Junto a ello, el otro gran reto de cara a 2022 será pasar de la recuperación a la activación, consolidando las bases de la economía y sociedad guipuzcoana del futuro. Para este fin, la diputación foral cuenta con una herramienta muy potente, que hace de la gobernanza abierta y colaborativa una de sus principales características: Etorkizuna Eraikiz.

De la mano de este programa, la diputación foral aspira a involucrar a toda la sociedad guipuzcoana en la búsqueda y activación de respuestas a los retos y problemas que tendrá que afrontar el territorio a medio y largo plazo. Un ejercicio de innovación abierto y participativo que, en el contexto actual, tiene como fin diseñar y comenzar a ejecutar la Gipuzkoa del futuro.

En este sentido, Etorkizuna Eraikiz plantea una serie de nuevas inversiones en forma de proyectos estratégicos en ámbitos de oportunidad de Gipuzkoa; una serie de iniciativas que aspiran a convertirse en los pilares de la economía guipuzcoana del mañana.

El presupuesto 2022 se ha elaborado con los requerimientos de un presupuesto orientado a resultados.

En esta orientación a resultados, los programas presupuestarios asignan indicadores a los objetivos y relacionan éstos con las acciones y los recursos necesarios para su logro. Así, los presupuestos, además de ser la herramienta básica de ejecución del conjunto de políticas públicas, pasan a ser también un sistema de planificación y evaluación al relacionar los recursos presupuestarios con los resultados que se esperan obtener, permitiendo una mejora en la eficacia, en la eficiencia y en la transparencia.

Este enfoque permite la integración de las políticas transversales de igualdad de género, igualdad lingüística y participación, indicando el impacto que los programas tienen en su desarrollo.

Se da continuidad a la participación ciudadana con la inclusión del nuevo proceso de «Presupuestos Abiertos 2022», impulsado por la Diputación Foral de Gipuzkoa.

Estos presupuestos generales del Territorio Histórico de Gipuzkoa persisten en el objetivo de conseguir una buena gestión financiera de los recursos públicos, asegurando una máxima eficiencia en la distribución del gasto público.

Respecto al ejercicio anterior, el presupuesto crece un 13,08 %, el presupuesto propio crece un 6,00 % y el Fondo Foral de Financiación Municipal, en términos homogéneos, crece un 14,13 %.

Con relación a las políticas de gasto, han sido calificados como ampliables aquellos créditos destinados a gasto social y de transporte de viajeros por carretera, y en previsión de que la dotación pueda resultar insuficiente para cubrir las necesidades a lo largo del ejercicio, expresando la voluntad política de dotar dichos créditos hasta cubrir las necesidades presupuestarias.

También tienen esta consideración, los créditos de pago vinculados a los planes de recuperación, transformación y resiliencia y a los proyectos estratégicos incluidos en el presupuesto inicial, así como los que se creen a lo largo del ejercicio.

Atendiendo a la necesaria colaboración entre los ayuntamientos y la Diputación Foral de Gipuzkoa para el desarrollo del bienestar de este territorio, estos presupuestos contemplan subvenciones a los entes locales del territorio por una cuantía de 40,41 millones de euros.

El contenido esencial de la norma foral de presupuestos se recoge en el título I, donde se aprueban la totalidad de los estados de ingresos y gastos del sector público foral y se consigna el importe de los gastos fiscales que afectan a los tributos del Territorio Histórico de Gipuzkoa.

Se incluye en este título el importe de los estados de gastos e ingresos de los presupuestos de las Juntas Generales de Gipuzkoa, así como de los consorcios adscritos a la Diputación Foral de Gipuzkoa.

El título II establece el límite de endeudamiento y de prestación de garantías de la Diputación Foral y el límite de endeudamiento de la sociedad mercantil foral Bidegi, SA.

En el título III se regulan las especificidades a aplicar durante el ejercicio 2022 al régimen general de los créditos presupuestarios y de sus modificaciones. En concreto, las excepciones al régimen general del carácter limitativo de los créditos, la consideración de créditos ampliables, el límite máximo de creación y redistribución de créditos de compromiso, las especificidades de las habilitaciones e incorporaciones de crédito.

El título IV recoge aquellas normas relativas a la gestión presupuestaria en materia de subvenciones, proyectos cofinanciados, gestión de los fondos vinculados a los planes de recuperación, transformación y resiliencia y a los proyectos estratégicos de la Diputación Foral de Gipuzkoa, limitación a la ejecución del gasto, municipalización del gasto realizado, así como al régimen de transferencias a las Juntas Generales y al resto de entidades del sector público foral.

El título V se desglosa en dos capítulos. El primero, está dedicado al régimen de los créditos de personal y de pasivos de la Diputación Foral de Gipuzkoa y de los organismos autónomos forales, concreta la composición de la plantilla presupuestaria y regula de forma más precisa las limitaciones al capítulo primero de los presupuestos.

El segundo capítulo regula la composición de la plantilla y las limitaciones al aumento de gastos de personal del resto de las entidades del sector público foral.

El título VI establece la financiación de los municipios del territorio histórico.

El título VII regula la información periódica que debe remitir la Diputación Foral a las Juntas Generales.

El contenido de la norma foral se completa con diversas disposiciones adicionales, transitorias y finales, en las que se recogen preceptos de índole muy variada.

Se incorporan como disposiciones adicionales las habituales relativas al interés de demora, a la actualización de las tasas, de los valores catastrales y del canon de utilización de autopistas, a la determinación de los límites máximos de las retribuciones de las y los miembros de las corporaciones locales, a los créditos adicionales y a la autorización para la concesión de préstamos a la entidad Gipuzkoako Hondakinen Kudeaketa SAU. Además, se añade como novedad, una octava disposición adicional que aborda la simplificación en la tramitación de los convenios para la gestión de los fondos vinculados a los planes de recuperación, transformación y resiliencia a que se refiere el artículo 17.

En las disposiciones transitorias se regulan una serie de normas complementarias en relación con la gestión presupuestaria: se mantiene la previsión de ejercicios anteriores de que en determinadas circunstancias se puedan realizar adaptaciones técnicas del presupuesto y de que por parte del Departamento de Hacienda y Finanzas se puedan realizar depuraciones de saldos contables.

Finaliza con las disposiciones finales. En las tres primeras se modifica la Norma Foral 3/2014, de 17 de enero, del Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas del Territorio Histórico de Gipuzkoa, la Norma Foral 15/1994, de 23 de noviembre, reguladora del Fondo Foral de Financiación Municipal y la Norma Foral 21/2003, de 19 de diciembre, presupuestaria de las entidades locales del Territorio Histórico de Gipuzkoa. Y las tres últimas se dedican al desarrollo reglamentario, al ámbito de aplicación y a la entrada en vigor de la propia norma foral.”