Como se dijo en la NOTA DE ACTUALIDAD anterior, NOTA número 182 correspondiente al 2 de enero de 2013, “la incapacidad que están mostrando las CCAA para reducir drásticamente gasto público superfluo, aunque bien podría considerarse que se trata más bien de una falta de voluntad radical para ello, les está llevando a una loca fuga fiscal hacia adelante, sometiendo a tributación todo lo que se mueve”. Y la Comunidad Autónoma de Valencia no está siendo ajena a ese fenómeno, ni mucho menos, de lo que dan fe los dos nuevos impuestos que acaba de establecer.
En efecto, por medio de Ley 10/2012, de 21 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat, la CAV ha establecido los dos impuestos siguientes: el Impuesto sobre actividades que inciden en el medio ambiente; y el Impuesto sobre eliminación de residuos en vertederos.
Estos dos impuestos, nuevos en el panorama fiscal valenciano, son, empero, dos veteranos de la absurda fiscalidad medioambiental autonómica. De entre ellos, es de destacar el Impuesto sobre actividades que inciden en el medio ambiente, no por nada en particular, pues es un tributo tan absurdo como el otro, sino porque respecto del mismo, en sus versiones extremeña antigua y castellano-manchega antigua, ya han recaído sendos pronunciamientos del TC.
Y cabe reiterar que, ya se dijo en la antes citada NOTA DE ACTUALIDAD 182, como diría Tom Sharpe ¡ánimo, Wilt!
José Ignacio Rubio de Urquía