Como viene siendo habitual en los últimos años, es muy poco lo que prevé el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015 en materia de tributos locales, documento ése que ha aparecido publicado en el “Boletín Oficial de las Cortes Generales -Congreso de los Diputados-” de 30 de septiembre de 2014.
En realidad, las únicas novedades dignas de ser reseñadas giran en torno al mecanismo constituido por los coeficientes de actualización de los valores catastrales de los bienes inmuebles de naturaleza urbana y al plazo de aprobación del tipo de gravamen del IBI y de ciertas ponencias de valores.
Recuérdese que, en efecto, el artículo 32.2 LCI establece la posibilidad de que, en los Municipios cuyos respectivos Ayuntamientos así lo soliciten, se apliquen coeficientes de actualización de los referidos valores catastrales en función del año de entrada en vigor de la respectiva ponencia de valores. Pues bien, para el año 2015, es el artículo 62 del Proyecto de Ley de Presupuestos el que fija los coeficientes de actualización a aplicar. Adicionalmente, la disposición transitoria cuarta del Proyecto de Ley amplía hasta el 31 de julio de 2015 el plazo para que los Ayuntamientos soliciten la aplicación de coeficientes en 2016.
Por su parte, el párrafo primero de la disposición adicional quinta del Proyecto amplía hasta el 31 de julio de 2015 el plazo para la aprobación del tipo de gravamen del IBI a aplicar en 2016, en los supuestos de procedimientos de valoración catastral colectiva de carácter general que hayan de surtir efecto ese año. Y de forma algo confusa, el párrafo segundo de la misma disposición transitoria quinta amplía hasta el 31 de julio de 2015 el plazo “para la aprobación y publicación de las ponencias de valores totales”.
Lo dicho: muy poca cosa, a Dios gracias.
José Ignacio Rubio de Urquía