En el “Boletín Oficial del Estado” nº 122, de 20 de mayo de 2016, se ha publicado la STC 74/2016, de 14 de abril, por la que el Tribunal Constitucional ha declarado la inconstitucionalidad del régimen legal del Impuesto catalán sobre la producción de energía eléctrica de origen nuclear, contenido dicho régimen legal en los artículos 1.1.c) y 21 a 30 de la Ley del Parlamento de Cataluña 12/2014, de 10 de octubre.

Según el TC, el hecho imponible del citado Impuesto catalán coincide con el hecho imponible del Impuesto estatal sobre la producción de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos resultantes de la generación de energía nucleoeléctrica, regulado éste en la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, coincidencia ésa que entraña una vulneración del artículo 6.2 LOFCA, lo que determina la inconstitucionalidad del régimen legal en cuestión.

Del pronunciamiento referido ha discrepado uno de los magistrados del Tribunal, lo que ha hecho mediante el pertinente voto particular formulado a la Sentencia reseñada.

José Ignacio Rubio de Urquía