La Comisión de Expertos creada en febrero de 2017 para estudiar y proponer una reforma del sistema de financiación local ha rendido su informe el 26 de julio último, visto el cual se observa que, por lo que a la materia tributaria se refiere, el mismo contempla la totalidad de ésta, formulando respecto de los aspectos formales las propuestas siguientes:
-“La Comisión recomienda la necesaria implementación de la telematización de los procedimientos en aras a facilitar una gestión más eficiente tanto en la fase de aplicación de los tributos, como en la de recaudación y revisión de actos administrativos.”
-“La Comisión propone para garantizar un mejor cumplimiento de las obligaciones tributarias y una mejor eficacia de las distintas Administraciones (tanto en sentido vertical como horizontal) en la aplicación de la normativa tributaria el intercambio automático de información entre Administraciones.”
-“La Comisión propone ampliar la delegación potestativa de competencias en materia de inspección y comprobación catastral a los Ayuntamientos que lo soliciten y acrediten capacidad de gestión.”
-“Se recomienda, además, paliar las ineficiencias de la gestión compartida impulsando una mayor colaboración interadministrativa.”
-“La Comisión propone el establecimiento de un órgano supra municipal con competencia revisora para aquellos Ayuntamientos no considerados «grandes ciudades» a fin de que todos los ciudadanos puedan tener acceso a una vía económico-administrativa gratuita y previa a la vía contencioso-administrativa.”
-“La Comisión recomienda en relación con el plazo de interposición del recurso de reposición una actualización de la redacción contenida en la TRLRHL para adaptarla a la LGT.”
-“La Comisión propone a efectos de conseguir la dinamización del proceso, una mejora en el cumplimiento de los plazos generales para resolver los recursos y reclamaciones económico-administrativas en el ámbito local.”
-“Debe garantizarse la dotación suficiente de recursos humanos y materiales en los órganos de resolución de reclamaciones económico-administrativas municipales.”
-“La Comisión propone la creación de un nuevo recurso extraordinario para la unificación de doctrina en la vía económico-administrativa local con el fin de evitar disparidades de criterio entre los TEAM.”
-“La Comisión propone la posibilidad de reformar el artículo 234 LGT al objeto de recoger expresamente la condena en costas también a la Administración cuando no actúe de buena fe.”
Quién habría dicho en la primera mitad de la década de los ochenta del siglo pasado, cuando la corriente de euforia autonómico-local todo lo arrasaba, forzando, por ejemplo, la supresión de la vía económico-administrativa para los tributos locales, que más de treinta años después los estudiosos de la materia iban a reclamar su restauración generalizada.
Por último, solo decir que la conversión en ley de una parte de las propuestas formuladas por los Expertos mejoraría sustancialmente la situación del actual régimen tributario local: esperemos que eso pueda ser así.
(Finaliza aquí)
José Ignacio Rubio de Urquía