Bajo la ampulosa rúbrica de “medidas fiscales para el fomento de la actividad económica”, la Comunidad de Madrid, por medio de Ley 5/2010, ha aprobado, como tales medidas, las dos escuálidas deducciones siguientes:
-En primer lugar, una deducción de la cuota del IRPF para el fomento del autoempleo de jóvenes de menos de treinta y cinco años, por un importe máximo de mil euros, de la que podrán beneficiarse quienes, cumpliendo la condición de edad indicada, causen alta por primera vez en el censo de empresarios o profesionales.
-En segundo lugar, una deducción de la cuota del IRPF por el veinte por cien del importe de las inversiones que se realicen en entidades cotizadas en el mercado alternativo bursátil, con un límite máximo de deducción de diez mil euros.
Si es esto todo lo que puede hacer la que dicen ser la Comunidad Autónoma más incentivadora de la actividad económica, no hace falta ser muy listo para darse cuenta que se está ante un gigantesco despliegue de demagogia nunca visto.
José Ignacio Rubio de Urquía