Es esto lo que se dice en el preámbulo de la Orden Foral respecto de la materia que la norma regula:

“La Orden Foral 1055/2009, de 23 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 296 para la declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre determinadas rentas obtenidas sin establecimiento permanente en el Impuesto sobre la Renta de no Residentes, se habilita la presentación telemática vía formulario de los modelos 210, 211, 212, 213, 215 y 216 y se derogan las disposiciones reguladoras del modelo 214, regula desde el 1 de enero de 2010 la presentación del modelo 296, siendo modificada por la Orden Foral 678/2014, de 23 de diciembre (Boletín Oficial de Gipuzkoa 31/01/2014).

El tiempo transcurrido desde su inicial aprobación y las modificaciones efectuadas en la normativa que regula la obligación de presentación de la información contenida en dicho modelo, aconsejan efectuar una actualización general del contenido de la Orden Foral 1055/2009, de 23 de diciembre, en lo que al modelo 296 se refiere.”