Es esto lo que se dice en el preámbulo de La Orden Foral respecto de la materia que regula:
“Mediante la Orden Foral 1740/2017, de 5 de octubre, se aprobaron el modelo 036, de declaración censal de alta, modificación y baja en el censo de empresarios, empresarias, profesionales, retenedores y retenedoras, y el modelo 037, de declaración censal de modificación que han de presentar los empresarios, empresarias, y profesionales (personas físicas).
Esta Orden Foral tiene por objeto completar la transposición al ordenamiento interno de la Directiva (UE) 2017/2455 del Consejo, de 5 de diciembre de 2017, por la que se modifican la Directiva 2006/112/CE y la Directiva 2009/132/CE en lo referente a determinadas obligaciones respecto del impuesto sobre el valor añadido para las prestaciones de servicios y las ventas a distancia de bienes, y de la Directiva (UE) 2019/1995 del Consejo de 21 de noviembre de 2019 por la que se modifica la Directiva 2006/112/CE en lo que respecta a las disposiciones relativas a las ventas a distancia de bienes y a ciertas entregas nacionales de bienes.
Así, esta Orden Foral incorpora al modelo 036 tanto el ejercicio de la opción por la no sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido de las entregas de bienes a que se refiere el artículo 68.Cuatro y de las prestaciones de servicios a que se refiere el artículo 70.uno.8.º de la Norma Foral del impuesto, como la comunicación de la sujeción de las entregas de bienes a que se refieren el artículo 68.tres.a) y Cinco de la Norma Foral de dicho impuesto y de las prestaciones de servicios a que se refiere el artículo 70.uno.4.º.a) de la misma Norma Foral.
En consecuencia, la presente Orden Foral modifica la Orden Foral 1740/2017, de 5 de octubre, del diputado foral de Hacienda y Finanzas, por la que se aprueba el modelo 036 de declaración censal de alta, modificación y baja en el censo de empresarios, empresarias, profesionales, retenedores y retenedoras y el modelo 037, de declaración censal de modificación que han de presentar los empresarios, empresarias y profesionales (Personas Físicas), al objeto de adaptarla a los cambios mencionados.”