Es esto lo que se dice en el preámbulo de la Orden Foral respecto de la materia que la norma regula:
“Mediante Orden Foral del diputado foral de Hacienda y Finanzas 1561/2015, de 29 de julio, se aprobó el modelo de declaración 210 del Impuesto sobre la Renta de No Residentes, que debe utilizarse para declarar las rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente.
El Decreto Foral 2/2020, de 21 de enero, de la Diputación Foral de Bizkaia, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de No Residentes, aprobado por Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 48/2014, de 15 de abril, añade una disposición adicional tercera a dicho Reglamento relativa a la acreditación de la residencia fiscal a efectos de la aplicación de la exención prevista en la letra b) del apartado 1 del artículo 14 de la Norma Foral 12/2013, de 5 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de No Residentes, en relación con las rentas obtenidas por fondos de pensiones residentes en otro Estado miembro de la Unión Europea o por instituciones de inversión colectiva constituidas en otro Estado miembro de la Unión Europea.
Esta forma de acreditación, aplicable tanto en los procedimientos para la práctica de retenciones como en los de presentación de la declaración del impuesto, requería, para completarse, de la aprobación de varios modelos de declaración que deben ser realizados por los representantes de las entidades o instituciones afectadas.
A tal fin, por la presente Orden Foral se procede a aprobar dichos modelos de declaración, así como la adaptación de la documentación exigible con el modelo 210 al contenido de la nueva disposición adicional tercera del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de no Residentes.
Asimismo, se añaden dos nuevos tipos de renta, 37 y 38, que deben utilizar las entidades a que se refiere dicha disposición adicional tercera para identificar que están haciendo uso de la forma especial de acreditación a efectos de la aplicación de la exención prevista en la letra b) del apartado 1 del artículo 14 de la Norma Foral 12/2013, de 5 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de No Residentes.”