Es esto lo que se dice en el preámbulo de la Resolución respecto de la materia que la norma regula:
“El Plan Estratégico de la Agencia Tributaria 2020-2023 pretende continuar potenciando tanto la diversidad como la calidad de los servicios de información y asistencia prestados a los contribuyentes, priorizando el uso de las nuevas tecnologías frente a los medios tradicionales de asistencia presencial, para conseguir una mayor eficacia y permitir una asignación más eficiente de los recursos materiales y humanos disponibles.
En este marco, la Agencia Estatal de Administración Tributaria (en adelante Agencia Tributaria) ha iniciado el desarrollo de un nuevo modelo de asistencia no presencial al contribuyente que se ha materializado, por un lado, en el desarrollo de herramientas de asistencia digital y demás servicios de información disponibles en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria y, por otro, en la creación de las denominadas «Administraciones de asistencia Digital Integral» (ADIs), que prestan servicios en relación con cuestiones que corresponden a varias áreas funcionales, y en la potenciación de la prestación de servicios no presenciales en el área de Recaudación a través del «Centro de Atención Telefónica de Recaudación» (REC@T).
La coordinación de estas funciones y el objetivo de avanzar hacia un modelo de prestación de los servicios no presenciales homogéneo y multiárea aconsejan el establecimiento de un sistema de gobernanza en diversos niveles, con la creación de un órgano central de coordinación adscrito al Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales y un Comité Permanente de Información y Asistencia Digital con participación de los Departamentos implicados.
En concreto, la Orden de 2 de junio de 1994 por la que se desarrolla la estructura de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, atribuye al citado Servicio «la coordinación y desarrollo de la planificación de la Agencia Tributaria y de la estrategia de comunicación de la misma; la coordinación de las funciones de información y asistencia no presenciales prestadas por las áreas; la coordinación de los órganos centrales y territoriales de la Agencia Tributaria en proyectos que afecten a distintas áreas; la coordinación y desarrollo de las relaciones con las administraciones tributarias autonómicas y locales, y, en general, las relaciones institucionales; y aquellas otras funciones que le encomiende la Dirección General».
Por otra parte, la creación de la Unidad Nacional de Coordinación de Asistencia Digital y del Comité Permanente de Información y Asistencia Digital, aconseja llevar a cabo una modificación de la Resolución de 13 de enero de 2021, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre organización y atribuciones de funciones en el ámbito de competencias del Departamento de Gestión Tributaria, al objeto de acomodar las funciones de los citados órganos y la Unidad Central de Información y Asistencia Digital de la Subdirección General de Información y Asistencia Tributaria del Departamento de Gestión Tributaria.
Por último, también se modifica la Resolución de 13 de enero de 2021, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre organización y atribuciones de funciones en el ámbito de competencias del Departamento de Gestión Tributaria, para reforzar la estructura organizativa de la Subdirección General de Técnica Tributaria con la creación de un Área de Declaraciones Informativas.”