“Procedimiento prejudicial — Sistema común del impuesto sobre el valor añadido (IVA)— Directiva 2006/112/CE— Artículo 273 — Sobrevaloración, en la declaración tributaria, del importe de la devolución de IVA — Error de apreciación del sujeto pasivo respecto a la sujeción al impuesto de la operación— Rectificación de la declaración tributaria a raíz de una inspección— Sanción por un importe correspondiente al 20 % del importe de la sobrevaloración del importe de la devolución de IVA — Principio de proporcionalidad”

En el ámbito de un litigio entre una sociedad sujeto pasivo del IVA y la Administración tributaria polaca, un Tribunal de lo Contencioso-Administrativo polaco planteó al TJUE la siguiente cuestión prejudicial:

“¿Es compatible un gravamen tributario adicional como el previsto en el artículo 112, letra b), apartado 2, de la Ley del IVA con lo dispuesto en la [Directiva del IVA] (especialmente con sus artículos 2, 250 y 273), con el artículo 4 [TUE], apartado 3, con el artículo 325 TFUE y con el principio de proporcionalidad?”

La Sentencia (punto 37) da la siguiente respuesta a la cuestión prejudicial planteada: “Habida cuenta de todas las consideraciones anteriores, procede responder a la cuestión prejudicial planteada que el artículo 273 de la Directiva del IVA y el principio de proporcionalidad deben interpretarse en el sentido de que se oponen a una normativa nacional que impone a un sujeto pasivo que ha calificado erróneamente una operación exenta de IVA de operación sujeta a ese impuesto una sanción correspondiente al 20 % del importe de la sobrevaloración del importe de la devolución de IVA indebidamente reclamada, en la medida en que dicha sanción se aplica indistintamente a una situación en que la irregularidad resulta de un error de apreciación cometido por las partes de la operación respecto a la sujeción al impuesto de esta, que se caracteriza por la inexistencia de indicios de fraude y de pérdida de ingresos para la Hacienda Pública, y a una situación en la que no concurren tales circunstancias”.