“(……) dilucidar si, para cuantificar la base imponible del ICIO, debe excluirse la baja de licitación del coste real y efectivo de la construcción, instalación u obra», debe responderse que efectivamente debe excluirse.”
STS 736/2020, de 10 de junio de 2020 (casación 4880/2017). Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras: base imponible; baja de licitación. El TS ha establecido la doctrina siguiente:
por Rubio de Urquía Abogados | Sep 1, 2020 | Jurisprudencia formada. 1 a 10 de junio de 2020, Reseña Jurisprudencia | 0 Comentarios